SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS PENITENCIARIOS Y CENTROS PARA ADOLESCENTES
Por: ADRIANA MINOR Última modificación: 04/06/2021 12:09
1.- Promover actividades administrativas y logísticas, supervisando las operaciones de la Dirección de Centros Penitenciarios, Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria, y la Dirección Especializada en Medidas para Adolescentes, en apego a las normas aplicables.
2.- Dirigir las propuestas operativas de las unidades administrativas a su cargo, estableciendo estrategias y acciones para el óptimo ejercicio de sus funciones.
3.- Revisar los controles administrativos y logísticos, verificando que dichas unidades realicen los ingresos y libertades de personas privadas de su libertad y adolescentes, conforme a la normatividad destinada para ello y los estándares de calidad establecidos.
4.- Expedir lineamientos internos de actuación de sus unidades administrativas en materia de seguridad, supervisando su cumplimiento en apego a los lineamientos establecidos.
5.- Revisar las denuncias y quejas de las personas privadas de su libertad y los adolescentes, respecto al incumplimiento por parte de algún servidor público de alguna unidad administrativa a cargo de esta Subdirección General, atendiendo lo respectivo en apego a la disposición normativa aplicable.
6.- Dirigir, con las instancias administrativas correspondientes, todas las actividades y gestiones para cubrir rubros materiales destinados a garantizar condiciones dignas de internamiento, atendiendo el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad señalados por los organismos garantes de esos derechos.
7.- Vigilar las acciones de mantenimiento de la infraestructura penitenciaria que realicen las áreas correspondientes dentro y en el perímetro de los centros penitenciarios y de internamiento para adolescentes en todo el estado, buscando que cumplan con los requerimientos de seguridad establecidos en las normas.
8.- Presentar a la persona titular de la comisión, las necesidades de rotación de personal a cargo de esta Subdirección General, procurando el buen funcionamiento y cumplimiento de las normas establecidas en materia de seguridad y gobernabilidad de los centros penitenciarios.
9.- Conducir cualquier acción jurídica en procedimientos judiciales y administrativos en los que se le requiera y delegar por escrito a sus representantes cuando sea necesario, asegurando el cumplimiento de las normas respectivas.
10.- Establecer los conductos de comunicación más eficientes para informar de inmediato a la persona titular de la comisión, cualquier situación de alerta en los centros penitenciarios y para adolescentes, en apego a las normas operativas para la atención de situaciones de emergencia.
11.- Inspeccionar permanentemente el control y supervisión de los centros penitenciarios y para adolescentes mediante visitas y actividades de campo establecidas en los protocolos de supervisión rutinarias.
12.- Ordenar en conjunto con las áreas de seguridad los traslados y excarcelaciones de las personas privadas de su libertad y adolescentes, con base en los protocolos de actuación establecidos en las normas nacionales, estatales y municipales respectivas.