ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Por: ELIZABETH GARCÍA Última modificación: 12/03/2021 13:46
El 11 de noviembre de 2016, a través del Periódico Oficial del Estado de Baja California No.50, tomo CXXIII, sección V, se expide el decreto del Ejecutivo mediante el cual se crea el Instituto de Capacitación en Alta Tecnología del Estado de Baja California, como Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto consiste en impartir e impulsar la formación para el trabajo en el Estado de Baja California a fin de propiciar una mejor calidad y vinculación de este servicio con el aparato productivo y las necesidades del desarrollo estatal, regional y nacional.
Iniciando operaciones el 01 de mayo de 2018, como el Instituto de Capacitación en Alta Tecnología del Estado de Baja California, conocido por sus siglas como ICATBC, sin embargo fue hasta el 13 de septiembre de 2019, se publica en el Periódico Oficial del Estado No. 40, tomo CXXVI, el Reglamento Interno del ICATBC, con la finalidad de determinar y definir su estructura orgánica, establecer las atribuciones de sus unidades administrativas, así como las facultades y obligaciones que corresponden a las personas titulares de las mismas y la forma en que se habrán de suplir a éstas en sus ausencias.
Trabajando bajo el mismo documento normativo por los próximo dos años, hasta que en aras de armonizar y mejorar el funcionamiento del Instituto el 30 de abril 2021 se reformó el Reglamento Interno del ICATBC para incluir dentro de su organización la figura del patronato como Órgano de apoyo, cuyo objeto es coadyuvar en su operación y consolidación a través de actividades que permitan obtener recursos que garanticen satisfacer las necesidades y atender la demanda de capacitación en Alta Tecnología.
El 06 de diciembre del mismo año, se publicó en el periódico oficial número 99, Número Especial, tomo CXXVIII, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, que establece las nuevas bases de organización y funcionamiento de la Administración Pública Estatal, incluyéndose en su rediseño a la Secretaría de Economía e Innovación, a la cual se le atribuye la función de impulsar y coordinar la política pública de desarrollo económico, industrial y comercial del Estado, así como fomentar, diseñar y promover acciones y programas para mejorar las capacidades técnicas de las empresas y de los distintos sectores económicos, que impulsen y mejoren la productividad, calidad y competitividad en la entidad, entre otras; asimismo, se previó en sus artículos transitorios la necesidad de modificar o abrogar los reglamentos internos existentes a efecto de hacerlos acordes a la misma, incluyendo el del Instituto de Capacitación en Alta Tecnología del Estado de Baja California.
En el próximo año el 11 de marzo, se expide el decreto de sectorización de las entidades paraestatales de la administración pública estatal, que señala en su artículo 10, fracción I, que el ICAT estará sectorizado a la Secretaría de Economía e Innovación.
En el mismo 2022 el 16 de diciembre, se publica en el Periódico Oficial del Estado No. 72 tomo CXXIX, el Reglamento Interno del ICATBC, armonizándolo a la reconfiguración del marco jurídico que rige a la Administración Pública Estatal y, con ello, se regulen de mejor forma su organización y funcionamiento, especialmente en lo que refiere a las bases de operación de su patronato, sin soslayar diversas modificaciones en materia de técnica normativa, y utilización de lenguaje incluyente, estableciendo su estructura y las atribuciones de las unidades administrativas con los que actualmente opera, así como las facultades y obligaciones de las personas titulares de las mismas y la forma de operar sus suplencias.