DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Por: ELIZABETH MARTINEZ Última modificación: 18/06/2021 12:01
PRIMERA. - El presente Manual de Organización del Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de la Vivienda para el Estado de Baja California, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y deja sin efecto a los expedidos en fechas anteriores, así como todos aquellos documentos que se opongan al mismo.
SEGUNDA. - La frecuencia de actualización de este manual será como mínimo cada dos años, siendo validado por la Secretaría de Hacienda, así como la Secretaría de la Honestidad y Función Pública del Estado de Baja California, debiendo ser difundido para su conocimiento entre los servidores públicos que conforman la organización del Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de la Vivienda para el Estado de Baja California.
TERCERA. - El presente manual se difundirá a través de medios electrónicos a través de del portal electrónico https://www.indivi.gob.mx/