ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Por: JOSE DE JESUS RODRIGUEZ Última modificación: 24/03/2021 12:26
El Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Baja California surgió como resultado de las decisiones de orden político asumidas por el Gobierno de la República en los años 80s, en el sentido de otorgarles a las Entidades Federativas, a sus habitantes y autoridades la responsabilidad de planear su propio desarrollo, estableciendo formas democráticas de participación ciudadana y vinculando su esfuerzo propio al del País, a través del Sistema Nacional de Planeación (SNP). Esto se replicó en nuestro Estado, siendo el COPLADE quien persigue estos fines.
A continuación, se describen los acontecimientos que dieron origen al actual Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado en orden cronológico:
28 de enero de 1975
Mediante el Decreto del Ejecutivo Federal, fue creado en el Estado de Baja California un Organismo que se denominó Comité Promotor del Desarrollo Socioeconómico (COPRODE), con el propósito de que el Gobierno de la República apoyara en gran medida los programas de desarrollo regional, así como el de fortalecer la descentralización de las actividades económicas del Estado.
11 de marzo de 1977
Mediante un nuevo Decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, se dispuso que los Comités Promotores del Desarrollo establecidos en todos y cada uno de los Estados de la República, fueran Organismos dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio, con el fin de asesorar y coadyuvar en la planificación y programación a nivel local, con la colaboración de los diversos sectores de la comunidad.
13 de febrero de 1981
El Decreto del Ejecutivo Federal, derogó el Decreto Publicado en el Diario Oficial el 28 de enero de 1975, que en aquel entonces creó al Comité Promotor del Desarrollo Socio- Económico del Estado, buscando con ello que las decisiones para asignar prioridades, recursos y en general todo tipo de apoyos al desarrollo económico y social de la entidad, provengan del nivel de administración estatal hacia la federación. Cabe mencionar que en el apartado de transitorios de este último Decreto de la federación se menciona que los Comités Promotores del Desarrollo Socio-Económico en los Estados, continuaran en operación hasta que cada ejecutivo estatal formalice el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado.
31 de marzo de 1981
Por Decreto del Ejecutivo del Estado de Baja California es creado el Comité para el Desarrollo del Estado, conocido por sus siglas como COPLADE, dicha institución fue dotada con personalidad jurídica y patrimonio propio desde sus inicios hasta la actualidad.
El COPLADE tiene desde entonces, el objeto de consolidar el Sistema Estatal de Planeación y ser el medio para formular, actualizar e instrumentar el Plan Estatal de Desarrollo, buscando compatibilizar a nivel regional los esfuerzos que realicen la Administración Pública Federal, el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos de la entidad, que se relacionen con la planeación, programación, ejecución, evaluación e información del proceso de desarrollo socioeconómico de Baja California y propiciando la colaboración de los diversos sectores de la sociedad.
30 de abril de 1982
Se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Reglamento Interior del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Baja California, en el cual se estableció la integración y funcionamiento del COPLADE.
23 de julio de 1999
Se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Decreto que le da vida a un nuevo COPLADE, dicho ordenamiento abrogó el Decreto de Creación del COPLADE del 31 de marzo de 1981.
28 de enero de 2000
Se publicó el nuevo Reglamento Interno del COPLADE en el Periódico Oficial, quedando abrogado el Reglamento Interior del 30 de abril de 1982. Sin embargo surge un nuevo Decreto que reforma los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 11 y 13 del Decreto de 1999 y se adiciona el artículo 14 que establece que cuando este organismo público descentralizado deje de cumplir con el objeto para lo que fue creado o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista de la economía del Estado o del interés público, la Secretaría de Planeación y Finanzas propondrá al Ejecutivo Estatal la disolución, liquidación o extinción de este Organismo. Asimismo, podrá proponer su fusión, cuando su actividad combinada redunde en un incremento de eficiencia y productividad. También en ese año, se reforman los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 39 y 41 del Reglamento de la Entidad.
16 de mayo de 2003
No obstante, con el fin de mantener el marco jurídico actualizado y que cumpla con las funciones que requiere este Organismo, se publicó en el Periódico Oficial del Estado un Decreto que modifica el artículo 5 del Decreto de 1999 que crea al COPLADE, así como los artículos 6, 10, 11, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 31, 34, 25 y 37 de su Reglamento Interno.
01 de enero de 2010
Algunas Dependencias y Entidades del Ejecutivo Estatal, desaparecieron de acuerdo en lo dispuesto en el decreto 344 Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California No.59 Sección IX, del día 31 de Diciembre de 2009 y sus funciones se incorporan a otras Dependencias. Tal es el caso de la extinción del Consejo Estatal de Población (CONEPO) y sus funciones pasan al COPLADE a través del Departamento de Programas y Estudios de Población.
16 de febrero de 2016
Se publicó el nuevo Reglamento Interno del Organismo, contemplando una estructura organizacional mejor distribuida, se crean nuevos departamentos, establece nuevas funciones y atribuciones de cada uno, formalizando aspectos institucionales enmarcadas en las leyes estatales y federales al respecto de las principales funciones del COPLADE, lo anterior debido a que desde el año 2000 se dieron cambios importantes en el país, sobre todo en el marco institucional de la planeación y evaluación de las políticas públicas, todo esto quedo bien definido en su reglamento interno.
23 de noviembre de 2018
Se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el Decreto con el cual entra en vigor la reforma a los artículos 51, 53 y 59; y se adicionan los artículos 2 BIS 64, 65 y 66 del Reglamento Interno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, donde se establece la creación de un Comité de Transparencia y una Unidad de Transparencia, las cuales se organizaran y funcionaran conforme a lo previsto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y demás disposiciones aplicables. Así como la incorporación de un Órgano Interno de Control dentro de la estructura organizacional, para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 92 Apartados A, fracción IV y B, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, además de las atribuciones establecidas en el Reglamento Interno de la Secretaria de la Honestidad y la Función Pública del Estado.